La Junta de Castilla y León convoca para el año 2021, en régimen de concesión directa, las subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas a fomentar el empleo estable por cuenta ajena en la Comunidad de Castilla y León a través de cuatro programas.
A continuación, detallamos el programa IV:
- OBJETO
Fomentar la ampliación a tiempo completo de la jornada de los contratos indefinidos ordinarios a tiempo parcial formalizados con mujeres.
- QUIEN LO PUEDE SOLICITAR
Trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas), personas jurídicas, y entidades sin personalidad jurídica.
- PARA QUE ES LA AYUDA
Serán subvencionables las ampliaciones de jornada que cumplan los requisitos y cuya fecha de inicio haya tenido lugar entre los días 1 de octubre de 2020 y 30 de septiembre de 2021, ambos inclusive. Las ampliaciones de jornada deberán formalizarse con mujeres que en la fecha de inicio de las contrataciones cuya jornada se amplía, se hallasen desempleadas e inscritas como tales en el Servicio Público de Empleo.
- REQUISITOS
Tener menos de 100 trabajadores de alta.
Asimismo, el índice de temporalidad de las empresas, entidades o trabajadores por cuenta propia solicitantes ha de ser inferior al 20% en la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita la subvención.
El cumplimiento del índice de temporalidad no se exigirá a las empresas, entidades o trabajadores por cuenta propia), cuya plantilla sea inferior a 10 trabajadores.
Se subvencionará la ampliación a tiempo completo de la jornada de los contratos indefinidos ordinarios formalizados a tiempo parcial con mujeres, cuya duración mínima como indefinido ordinario a tiempo parcial antes de dicha conversión haya sido de un año continuado
- CUANTÍA
La cuantía de la subvención por la formalización de cada ampliación de jornada subvencionable será de 2.000 €, que se verá incrementada en 1.500 € si la ampliación de jornada se formaliza con una mujer menor de 35 años de edad.
- PLAZO DE SOLICITUD
Si la ampliación de jornada se ha iniciado entre el 1 de octubre de 2020 y el 14 de junio de 2021, ambos inclusive: DESDE EL 15 DE JUNIO AL 17 DE AGOSTO DE 2021.
Si la ampliación de jornada se inicia a partir del 15 de junio de 2021: DOS MESES desde la fecha de inicio de la ampliación, con el límite del 15 DE OCTUBRE DE 2021
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