La Junta de Castilla y León, convoca en régimen de concesión directa, ayudas a autónomos dados de alta desde el 01 de enero de 2021, para el pago de cuotas a la seguridad social.
1. BENEFICIARIOS Y REQUISITOS
Trabajadores por cuenta propia o autónomos que cumplan los siguientes requisitos:
- Autónomos dados de alta entre el 01 de enero y 31 de diciembre de 2022, que hayan tenido bonificación en sus cuotas de autónomo durante 12 meses, y coticen por la base mínima de cotización.
- Autónomos dados de alta entre el 01 de enero y 31 de diciembre de 2021, que hayan tenido bonificación en sus cuotas de autónomo durante 24 meses, y coticen por la base mínima de cotización.
- Autónomas dadas de alta entre el 01 de julio y el 31 de diciembre de 2022, que se hayan reincorporado a su actividad habiendo cesado previamente por nacimiento o adopción de descendientes, y vuelvan a realizar la actividad dentro de los dos años siguientes a la fecha de cese, y, hayan estado acogidas a bonificación recogida en art 38 bus Ley 20/2007 de 11 de julio.
- Menores de 35 años, personas con discapacidad igual o superior al 33%, o, personas en riesgo de exclusión social, incluidos en el régimen de autónomos, no incluidos en los apartados anteriores, cuyo alta se haya producido entre el 01 de julio y 31 de diciembre de 2022.
La actividad se debe desarrollar y se debe estar empadronado en Castilla y León.
Se tiene que estar al corriente de pago con seguridad social y Agencia tributaria.
La situación de alta no se tiene que interrumpir durante el periodo subvencionable.
2. CUANTÍA
- Serán subvencionables las cuotas abonadas durante 18 meses o 30 meses desde el alta y tras finalizar el disfruta de reducción de los primeros 12 o 24 meses, respectivamente.
El importe máximo subvencionable será de 1.580€ para los beneficiarios de 18 meses y 3.000€ para los beneficiarios de 30 meses.
- Para aquellas que hubieran cesado su actividad por nacimiento o adopción serán subvencionables las cuotas abonadas durante los primeros 18 meses desde el alta.
- Para aquellos beneficiarios menores de 35 años, personas con discapacidad igual o superior al 33% o, personas en riesgo de exclusión social, serán subvencionables las cuotas abonadas correspondientes a los 18 primeros meses desde el alta.
3. PLAZO DE SOLICITUD
Desde el 22 de junio de 2024 hasta el 29 de agosto de 2024.
4. CONTACTO
Para más información podéis contactar con nosotros a través de los medios habituales. Teléfono 923-214-937; Whatsapp 638-71-23-80, nuestro formulario web ; correo electrónico info@euronetasesores.com