SUBVENCIONES DESTINADAS A FAVORECER LA DIGITALIZACIÓN BÁSICA EN LAS PYMES DE CASTILLA Y LEÓN

SUBVENCIONES DESTINADAS A FAVORECER LA DIGITALIZACIÓN BÁSICA EN LAS PYMES DE CASTILLA Y LEÓN

La Junta de Castilla y León convoca en régimen de concurrencia no competitiva ayudas destinadas a financiar proyectos de digitalización en pymes.

1. BENEFICIARIOS Y REQUISITOS

Podrán ser beneficiarios las pymes y autónomos que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener al menos un centro de trabajo en Castilla y León
  • Los proyectos no pueden haber concluido materialmente, o haber sido ejecutados íntegramente, a la fecha de presentación de la solicitud.

El plazo máximo para ejecutar el proyecto es de 18 meses desde la solicitud de la ayuda

  • Los gastos elegibles se deberán llevar a cabo por profesionales con experiencia en la materia, que no tengan vinculación con la empresa.

Quedan excluidas las comunidades de bienes, empresas públicas, sociedades civiles, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro.

2. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Implementación de las primeras herramientas o soluciones digitales en una pyme o autónomo.

Son gastos subvencionables los siguientes:

  • Software: se incluye el servicio que ofrece una solución de software a los usuarios finales a través de internet, mediante un modelo de pago por uso.
  • Hardware y los equipos necesarios para la implementación de la solución o soluciones objeto del proyecto
  • Colaboraciones externas necesarias para la realización de consultoría de procesos que permita detectar las necesidades de digitalización de la empresa ; consultoría tecnológica sobre las mejores herramientas para abordar las necesidades de la empresa ; consultoría para implementar herramientas/soluciones de integración de procesos en la empresa ; consultoría de seguimiento de la implantación realizada ; capacitación de empleados de la empresa en las herramientas / soluciones implantadas.

El gasto elegible siempre constará de gasto identificado en el apartado a)

El gasto en el apartado b) no puede ser superior al 50% del presupuesto total

Solamente se consideran subvencionables del apartado b) y c) los necesarios para implementar la solución o soluciones correspondientes al gasto del apartado a)

No son subvencionables smartphones, Tablet y televisores, así como la reparación o mantenimiento de herramientas ya existentes, servicios te telecomunicaciones básicos o actualización de software ya instalado que no aporte mejoras.

3. CUANTÍA

1.200€ a fondo perdido.

El gasto subvencionable del proyecto debe ser igual o superior a 1.500€

4. PLAZO DE SOLICITUD

Desde el 8 de noviembre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2025

5. CONTACTO

Para más información podéis contactar con nosotros a través de los medios habituales. Teléfono 923-214-937;  Whatsapp 638-71-23-80, nuestro formulario web ;  correo electrónico info@euronetasesores.com