Las bolsas de plástico ya no volverán a ser gratuitas en ningún comercio. La culpa la tiene una directiva europea de 2015 que ahora se hace efectiva con la publicación del Real Decreto 293/2018, del 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores.
Desde 1 de julio de 2018 se prohíbe su entrega gratuita a los consumidores en los puntos de venta. Es decir, todas las bolsas tendrán un precio del que los consumidores deberán ser informados excepto las llamadas “muy ligeras”, es decir, las bolsas de menos de 15 micras de espesor que son necesarias por razones de higiene, o que se suministran como envase primario para alimentos a granel.
Pero en año y medio, es decir, a partir del 1 de enero de 2020 se prohibirá la entrega a los consumidores, en los puntos de venta de bienes o productos, de bolsas de plástico fragmentables. Y las que se vendan y tengan un espesor igual o superior a 50 micras contendrán un porcentaje mínimo del 50 % de plástico reciclado.
A continuación, a partir del 1 de enero de 2021, se prohíbirá la entrega de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras al consumidor en los puntos de venta de bienes o productos, excepto si son de plástico compostable. Los comerciantes podrán también optar por otros formatos de envase que sustituyan a las bolsas de plástico a las que todo indica que diremos adiós en los próximos años. Y si mantienen las de material compostable, han de saber que, en un plazo de 18 meses, deberán ir marcadas conforme a la normativa comunitaria que se apruebe al respecto. Así que más vale no hacerse con mucho stock.
Para aquellos que se estén preguntado qué ocurre con las bolsas en las que se entregan las mercancías compras online y las entregas a domicilio y los únicos que se salvan, de momento, son los sobres de plástico empleados para las ventas a distancia, que pasan a ser considerados envases siempre que cumplan con tal definición y sus ejemplos según la Ley 11/1997, de 24 de abril.
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