Ayudas a la creación de nuevas actividades empresariales y profesionales en Salamanca.

Ayudas a la creación de nuevas actividades empresariales y profesionales en Salamanca.

El Ayuntamiento de Salamanca ofrece ayudas para personas físicas o jurídicas que hayan iniciado una nueva actividad en el municipio de Salamanca durante 2022.


1.BENEFICIARIOS

  • Pequeñas y medianas empresas con centro de trabajo en Salamanca cumplan con la condición de Pyme.
  • Profesionales autónomos, sociedades civiles, entidades sin personalidad jurídica o comunidades de bienes con centro de trabajo en Salamanca.

Están excluidas de esta ayuda las entidades franquiciadoras, las empresas o administraciones públicas, las entidades sin ánimo de lucro, los autónomos que hayan tenido una actividad idéntica o similar los seis meses anteriores al nuevo alta y las empresas que procedan de un cambio de denominación.


2. REQUISITOS

Haber iniciado una actividad empresarial o profesional entre el 1 de junio de 2020 y el 31 de diciembre de 2022.

El centro de trabajo debe estar ubicado en el municipio de Salamanca, y, en caso de no contar con un local afecto a la actividad, el domicilio fiscal debe constar en el municipio de Salamanca y acreditar que la actividad se desarrolla en dicho municipio.


3. GASTOS SUBVENCIONABLES

  • Gastos de constitución: registro, notaría, estudio de mercado, viabilidad, etc.
  • Arrendamiento de locales destinados a la actividad.
  • Gastos corrientes como electricidad, teléfono, seguridad, agua, etc. (Solamente si se tiene local afecto y las facturas vienen a nombre de la sociedad o autónomo)
  • Primas de seguro de responsabilidad civil.
  • Gastos para la mejora o establecimiento de la identidad corporativa: logotipos, facturas, carpetas, catálogos, etc.
  • Gastos de inversión en inmovilizado material e inmaterial para el desarrollo de la actividad.
  • Gastos realizados para el mantenimiento y reparación del local.

Para que sean subvencionables los gastos mencionados anteriormente, han tenido que ser realizados y abonados por el solicitante entre el 1 de junio de 2020 y el 31 de diciembre de 2022.

No se admitirán gastos posteriores a la fecha de solicitud de la ayuda.


 4. CUANTÍA

El importe máximo a percibir será de 6.000€.


5. PLAZO DE SOLICITUD

Desde el 15 de julio hasta el 31 de diciembre de 2022.

Las solicitudes se resolverán por orden de entrada desde que el expediente esté completo y hasta agotar los fondos disponibles.


6. CONTACTO

Para más información podéis contactar con nosotros a través de los medios habituales. Teléfono 923-214-937;  Whatsapp 638-71-23-80, nuestro formulario web ;  correo electrónico info@euronetasesores.com