SUBVENCIONES DESTINADAS A FOMENTAR EL AUTOEMPLEO EN CASTILLA Y LEON

SUBVENCIONES DESTINADAS A FOMENTAR EL AUTOEMPLEO EN CASTILLA Y LEON

La Junta de Castilla y León, convoca en régimen de concesión directa ayudas destinadas al inicio de una actividad por cuenta propia.

1. BENEFICIARIOS Y REQUISITOS

Personas físicas, que se hayan dado de alta como trabajadores autónomos en el RETA o Mutualidad de Colegio Profesional, entre el 3 de octubre de 2023 y el 2 de agosto de 2024.

Se debe estar inscrito en el servicio público de empleo, como demandante de empleo, no ocupado, el día de alta en el RETA o Mutualidad.

2. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Es requisito que el solicitante acredite la realización de gastos por importe superior a 2.000€ sin tener en cuenta el IVA.

Dichos gastos deben corresponder a una o varias de las siguientes partidas:

  • Compra de bienes inmuebles afectos a la actividad económica. No se admiten gastos de compra de vivienda habitual.
  • Gastos de acondicionamiento del bien mueble afecto a la actividad.
  • Derechos de traspaso del negocio
  • Compra de mobiliario y equipamiento
  • Compra de maquinaria, utillaje y herramientas
  • Compra de equipos y aplicaciones informática
  • Compra de vehículo afecto a la actividad, rotulado de manera permanente con el nombre comercial de la empresa. La rotulación no es necesaria para agentes comerciales, ni para vehículos destinados al transporte de viajeros. Los gastos de rotulación no son subvencionables.
  • Compra de equipos de oficina: fotocopiadora, escaner, etc
  • Creación y diseño de páginas web
  • Licencias
  • Canon de franquicia
  • Elementos de seguridad y prevención

Tanto el gasto como el pago debe estar comprendidos tres meses antes del alta en el RETA hasta los tres meses posteriores a dicha fecha. Con el limite de fecha la presentación de la subvención.

Solo se admiten los gastos y pagos justificados en una misma factura con un importe igual o superior a 100€

3. CUANTÍA

5.000€ si acredita el inicio de la actividad por cuenta propia y supera los 2.000€ en gastos indicados anteriormente. Esta cuantía se puede ver incrementada en 2.000€ adicionales si la persona el día de alta es menor de 30 años, mayor de 45, desempleados de larga duración, personas con discapacidad igual o superior al 33%. personas en riesgos de exclusión social, inmigrantes o emigrantes castellano leoneses ; 1.200€ adicionales si el día de alta la persona es victima de violencia en el ámbito familiar ; 1.000€ adicionales si el centro de trabajo se encuentra en un municipio de Castilla y León con menos de 5.000 habitantes ; 500€ adicionales si el día de alta se tiene responsabilidades familiares ; 1.000€ adicionales si el centro de trabajo se encuentra en un municipio de Castilla y León incluido en la zona de intervención de programas territoriales de fomento.

Si acredita la contratación de servicios externos para mejorar el desarrollo de la actividad económica, se subvencionará el 75% del coste de los servicios prestados, IVA excluido, siendo el máximo 2.000€

Si acredita cursos de formación se subvencionará el 75% del coste de la formación, iva excluido, siendo el máximo 2.400€

4. PLAZO DE SOLICITUD

Desde el 22 de junio de 2024 hasta el 12 de agosto de 2024

5. CONTACTO

Para más información podéis contactar con nosotros a través de los medios habituales. Teléfono 923-214-937;  Whatsapp 638-71-23-80, nuestro formulario web ;  correo electrónico info@euronetasesores.com