La Junta de Castilla Y León convoca en régimen de concurrencia competitiva ayuda para apoyar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
1. BENEFICIARIOS Y REQUISITOS
Personas trabajadoras que hubieran ejercido el derecho a la reducción de jornada o excedencia entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 y reúnan los siguientes requisitos:
a) Para la línea de ayuda por reducción de jornada:
- La reducción debe ser al menos un 40% durante seis meses ininterrumpidos
- Residencia legal en España
- Estar empadronados y residir en algún municipio de castilla y león, desde al menos el 28 de marzo de 2023
- Haber permanecido de alta como trabajador por cuenta ajena hasta la fecha de inicio de la reducción de jornada
- Que el nivel de rentas del solicitante y cónyuge, durante el 2023, no superen los 35.000€. En el caso de que no exista cónyuge o pareja, el límite será de 17.500
b) Para la línea de ayuda por excedencia:
- Residencia legal en España
- Estar empadronados y residir en algún municipio de castilla y león, desde al menos el 28 de marzo de 2023
- Haber permanecido de alta como trabajador por cuenta ajena hasta la fecha de inicio de la excedencia
- Que el nivel de rentas del solicitante y cónyuge, durante el 2023, no superen los 35.000€. En el caso de que no exista cónyuge o pareja, el límite será de 17.500€
2. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
Para la línea reducción de jornada, tiene que cumplirse alguno de los siguientes supuestos: cuidado directo de un menor de 12 años o de una persona con discapacidad que no desempeñe actividad retribuida o, cuidado directo de cónyuge, pareja de hecho, o familiar de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por si mismo y no desempeñe actividad retribuida.
Para la línea excedencia, la excedencia debe ser para el cuidado de menores y familiares.
3. CUANTÍA
La cuantía es de 1.500€ para la reducción de jornada, siempre que se realice sobre una jornada a tiempo completo y durante mínimo seis meses, y , para la línea de excedencia, siempre que la misma sea mínimo de tres meses.
Para familias numerosas, monoparentales o familias de acogimiento la cuantía se incrementará en 1.000€
Cuando la jornada se desempeñe a tiempo parcial, las cuantías se reducirán proporcionalmente
4. PLAZO DE SOLICITUD
Desde el 31 de marzo de 2025 hasta el 30 de abril de 2025
5. CONTACTO
Para más información podéis contactar con nosotros a través de los medios habituales. Teléfono 923-214-937; Whatsapp 638-71-23-80, nuestro formulario web ; correo electrónico info@euronetasesores.com