SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LA MEJORA DEL LUGAR DE TRABAJO PARA PYMES, AUTONOMOS Y C.B (JCYL 2023)

SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LA MEJORA DEL LUGAR DE TRABAJO PARA PYMES, AUTONOMOS Y C.B (JCYL 2023)

La Junta de Castilla y León convoca en régimen de concesión directa, ayudas para financiar inversiones en los lugares de trabajo de las Pyme, autónomos y C.B.

1. BENEFICIARIOS Y REQUISITOS

Podrán ser beneficiarios las personas físicas, jurídicas y comunidades de bienes que cumplan los siguientes requisitos:

  • Centro de trabajo en Castilla y León.
  • Contar con al menos un trabajador por cuenta ajena.
  • No haber sido sancionados con carácter firme por infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de efectos de la orden de convocatoria.
  • No estar incurso en las prohibiciones establecidas en los puntos 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Cumplir la empresa, con la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o la no sujeción a la misma, o, en su caso, la exención de dicha obligación.
  • Contar la empresa con un plan de igualdad si están obligadas a ello

2. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Serán subvencionables las siguientes inversiones cuya necesidad preventiva haya quedado reflejada en la Evaluación de Riesgos de la empresa:

  • Inversiones destinadas a ofrecer seguridad frente a los riesgos presentes en los lugares de trabajo: en las condiciones constructivas como suelos, aberturas, desniveles, barandillas, tabiques, ventana, etc ; en la iluminación de los lugares de trabajo cerrados y en las condiciones ambientales de los lugares de trabajo cerrados.
  • Inversiones en los servicios higiénicos, locales de descanso y locales de primeros auxilios de los lugares de trabajo: En los vestuarios, duchas, lavabos y retretes; en los locales de descanso, y en los locales de primeros auxilios.
  • Inversiones encaminadas a la adopción de las medidas sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.

Los gastos subvencionables deberán ser efectuados entre el día 1 de septiembre de 2022 y el día 31 de octubre de 2023, ambos inclusive.

La totalidad del pago de los gastos subvencionables deberá efectuarse en el plazo comprendido entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de octubre de 2023, ambos inclusive.

3. CUANTIA

La cuantía de la subvención será el 85% de los gastos que se consideren subvencionables, no pudiendo en ningún caso superar el importe de 60.000 euros por centro de trabajo.

4. PLAZO DE SOLICITUD

Desde el 14 de agosto de 2023 hasta el 31 de octubre de 2023.

5. CONTACTO

Para más información podéis contactar con nosotros a través de los medios habituales. Teléfono 923-214-937;  Whatsapp 638-71-23-80, nuestro formulario web ;  correo electrónico info@euronetasesores.com