La Junta de Castilla y León, convoca en régimen de concurrencia no competitiva, dos líneas de ayudas que tienen por objeto el mantenimiento del empleo.
1. BENEFICIARIOS
Programa I: trabajadores por cuenta propia o autónomos, personas físicas con o sin trabajadores asalariados.
Programa II: microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo comunidad de bienes y sociedades civiles.
2. REQUISITOS
- Estar dado de alta en Seguridad Social en el régimen de autónomos o tener la consideración de microempresa.
- Tener domicilio fiscal en Castilla y León
- Contar con menos de 10 trabajadores y un volumen de negocio inferior a 2.000.000€
- Estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria, Seguridad Social y Junta de Castilla y León.
- Que haya realizado una actuación o una inversión que facilite la transición de su actividad productiva hacia una economía respetuosa con el medio ambiente o digital, dentro del periodo del 1 de enero de 2021 al 15 de noviembre de 2022.
- Mantener durante seis meses desde la presentación de la subvención los puestos de trabajo y el alta como autónomo.
3. ACTUACIONES A REALIZAR
1.Actuaciones e inversiones para llevar a cabo una transformación productiva respetuosa con el medio ambiente:
- Desarrollar obras o modificar las instalaciones del local dirigidas a implementar medidas de ahorro o eficiencia energética. Como por ejemplo luz eficiente, placas solares, uso de energías renovables, temporizadores para adaptar el consume, aislamiento térmico, etc.
- Adquisición de equipos o maquinaria que supongan una mejora medioambiental en la actividad, como por ejemplo maquinas que utilicen energía verde, contenedores de reciclaje, marcas con ecoetiquetas, calderas de bajas emisiones, etc.
2.Actuaciones e inversiones para llevar a cabo una transformación productiva de economía digital:
- Instalaciones de redes y conexiones de alta capacidad, inversiones para mejorar la conectividad inalámbrica, instalación de puntos de acceso a la red o mejora de las conexiones.
- Adquisición de ordenadores, tablets, teléfonos inteligentes, realidad virtual, terminales de puntos de venta, oficina virtual, o cualquier adquisición que suponga una mejora tecnológica.
- Adquisición de inmovilizado material o inmaterial como por ejemplo aplicaciones para procesos de Big Data, aplicaciones para seguridad informativa, para venta online, etc.
4. CUANTÍA
La cuantía de la subvención será de un máximo de 5.000 euros por beneficiario.
5. PLAZO DE SOLICITUD
Desde el 10 de octubre de 2022 hasta el 30 de noviembre de 2022.
6. CONTACTO
Para más información podéis contactar con nosotros a través de los medios habituales. Teléfono 923-214-937; Whatsapp 638-71-23-80, nuestro formulario web ; correo electrónico info@euronetasesores.com